jueves, 20 de septiembre de 2012

Ética en las tecnologías de la información

                  Impi

¿QUÉ ES EL IMPI?

     El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial es un Organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio y con la autoridad legal para administrar el sistema de propiedad industrial en nuestro país.

MISIÓN

     “Garantizar que la intervención del Estado en el campo de la protección de los derechos de propiedad industrial, otorgue a sus titulares la seguridad jurídica necesaria para que el aprovechamiento legítimo de su capacidad creativa e inventiva promueva la inversión privada, la creación de empleos, el desarrollo económico, y en general, la competitividad del país”.

VISIÓN

     “Constituirse en un agente de cambio para que el sistema educativo, la investigación, la actividad empresarial y la creatividad de la población, con la intervención que corresponda al Estado, se integren efectivamente en la cadena de valor que lleve a la sociedad, a través del mercado, los beneficios derivados de la innovación, las buenas prácticas, el uso de signos distintivos, la mejora continua y la actividad inventiva de la comunidad científica e industrial mexicana, convirtiéndose en un referente para los países que forman la sociedad internacional”.

VALORES

HONESTIDAD - Privilegia la importancia de garantizar a los particulares confidencialidad, imparcialidad y compromiso para proteger su capacidad creativa e inventiva.
SERVICIO - Asume que el Estado debe conducirse con la mayor diligencia y oportunidad para garantizar la seguridad jurídica en la explotación comercial de la propiedad industrial.
EFICIENCIA - Asume que la garantía del respeto irrestricto de los derechos de propiedad industrial, requieren que el Estado disponga de todos los recursos con los que cuenta para cumplir con ese propósito.
CREATIVIDAD - Concibe que el uso racional de los recursos de Estado debe hacerse aplicándolos de manera tal, que se obtengan los mejores resultados posibles.

OBJETIVO INSTITUCIONAL

Que las actividades industriales y comerciales del país, utilicen el sistema de propiedad industrial como un elemento de protección legal en la distinción y perfeccionamiento de sus bienes y servicios.

ANTECEDENTES

     La evolución del Sistema de Propiedad Industrial en México se ha venido desarrollando paulatinamente y sus antecedentes datan desde las Cortes Españolas en 1820, en las que se protegieron los derechos de los inventores, pero es hasta 1942 que se publica la Primera Ley que contiene en un sólo ordenamiento disposiciones de patentes y marcas, ya más recientemente, en 1987 se reforma y adiciona la Ley de Invenciones y Marcas y en 1991 se publica la Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Industrial y se estableció en su artículo 7° la creación de una Institución especializada que brindara apoyo técnico a la Secretaría de Economía en la administración del sistema de propiedad industrial.
     La Dirección General de Desarrollo Tecnológico (DGDT), dependiente de la Secretaría de Comercio y Fomento industrial, es el antecedente inmediato del IMPI. La DGDT tenía encomendada una serie de actividades encaminadas a promover el desarrollo tecnológico, especialmente a través de la protección a la propiedad industrial y la regulación de la transferencia de tecnología. No obstante, la instrumentación de una profunda política de desregulación por parte del gobierno federal trajo como consecuencia importantes cambios en la estructura institucional de propiedad industrial.
     El 10 de diciembre de 1993 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. De conformidad con este Decreto de creación, el IMPI continuaría teniendo como objeto brindar apoyo técnico y profesional a la Secretaría de Economía.
     A partir de ese decreto y durante los casi cuatro años y medio siguientes de operación del Instituto, se registraron importantes avances así como diversas modificaciones en su operación, ya que a partir del mes de agosto de 1994, en virtud de las reformas a la Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Industrial el Instituto es autoridad administrativa en la materia, por lo que se le confieren en la Ley de la Propiedad Industrial las siguientes atribuciones:
     Otorgar protección a través de patentes, registros de modelos de utilidad y diseños industriales; registros de marcas y avisos comerciales y publicación de nombres comerciales; autorizar el uso de denominaciones de origen y proteger los secretos industriales;
     Prevenir y combatir los actos que atenten contra la propiedad industrial y constituyan competencia desleal, así como aplicar las sanciones correspondientes;
     Promover y fomentar la actividad inventiva de aplicación industrial, las mejores técnicas y la difusión de los conocimientos tecnológicos dentro de los sectores productivos, fomentando la transferencia de tecnología para coadyuvar a la actualización tecnológica de las empresas, mediante la divulgación de acervos documentales de información tecnológica contenidos en medios electrónicos, microfilmes y papel, así como de la situación que guardan los derechos de propiedad industrial en el extranjero; y
     Promover la cooperación internacional mediante el intercambio de experiencias administrativas y jurídicas con instituciones encargadas del registro y protección legal de la propiedad industrial en otros países.
     Por otro lado, se ha modificado su estructura orgánica en tres ocasiones, la última en 1999, buscando contar siempre con una estructura administrativa suficiente y capaz para dar respuesta oportuna a nuestros usuarios.
     Adicionalmente, en la Ley Federalde Derechos de Autor, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1996, se contempla un Capítulo denominado "de las infracciones administrativas en materia de comercio" señalándose que la autoridad administrativa en la materia será el IMPI.
     Con base en las nuevas atribuciones del Instituto y en la demanda de nuevos servicios, así como la necesidad de agilizar los ya existentes, era necesario replantear la estructura del mismo, orientada a cumplir con los compromisos hacia el año 2000.
     De esta manera, en la Primera sesión de la Junta de Gobierno en 1998 se presento el Proyecto de Reestructuración Institucional "El IMPI hacia el año 2000", siendo aprobado el mismo en su tercera sesión mediante acuerdo 34/98/3ª. Después de intensas negociaciones se logra que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo autorizaran su nueva estructura a partir de 1999.

FORMATOS

Tipo de Solicitudes

Número de Formato
Winword
Ver. 97 ó Superior
Formato PDF





SOLICITUD DE REGISTRO O PUBLICACIÓN DE SIGNOS DISTINTIVOS;

IMPI-00-001





SOLICITUD DE RENOVACIÓN;

IMPI-00-002





SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE TRANSMISIÓN DE DERECHOS;

IMPI-00-003
COMPLEMENTARIO "A" RELATIVO A LA INFORMACIÓN DE CAMBIOS DE TITULAR INTERMEDIOS
IMPI-00-003-A





SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE LICENCIA DE USO O FRANQUICIA;

IMPI-00-004





SOLICITUD DE TOMA DE NOTA DE CAMBIO DE DOMICILIO;

IMPI-00-005





SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE TRANSFORMACIÓN DE RÉGIMEN JURÍDICO O CAMBIO DE NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL,

IMPI-00-006





SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE USO DE DENOMINACIÓN DE ORIGEN

IMPI-00-007





SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DEL CONVENIO POR EL QUE SE PERMITE EL USO DE UNA DENOMINACIÓN DE ORIGEN

IMPI-00-008





SOLICITUD DE PATENTE, REGISTRO DE MODELO DE UTILIDAD Y REGISTRO DE DISEÑO INDUSTRIAL;

IMPI-00-009
(Oficio)





SOLICITUD DE REGISTRO DE ESQUEMA DE TRAZADO DE CIRCUITO INTEGRADO;

IMPI-00-010





SOLICITUD DE INFORMACIÓN TECNOLÓGICA

IMPI-00-011





SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO GENERAL DE PODERES.

IMPI-00-012





SOLICITUD DE VIGILANCIA TECNOLÓGICA, ALERTA TECNOLÓGICA Y ALERTA TECNOLÓGICA COMPLEMENTARIA

IMPI-00-013





FORMATO PETITORIO DE PCT





TARIFA DE PATENTES

Los precios que aquí se muestran son en pesos mexicanos y no incluyen IVA.


PATENTES


Conforme al Título Segundo de la Ley

Artículo
Concepto
Tarifa
1
Por los servicios que presta el Instituto en materia de patentes, se pagarán las siguientes tarifas:

1a
Por la presentación de solicitudes de patente, así como por los servicios a que se refiere el artículo 38 de la Ley;
$7,172.92
1 b
Por la entrada a la fase nacional de una solicitud de patente conforme al Capítulo I del Tratado de Cooperación en materia de Patentes;
$5,711.14
1 c
Por la entrada a la fase nacional de una solicitud de patente conforme al Capítulo II del Tratado de Cooperación en materia de Patentes;
$3,737.75
1 d
Por publicación anticipada de la solicitud de patente;
$1,084.72
1 e
Por la expedición del título de patente, y
$2,911.88
1 f
Por el cambio de texto o dibujos de una patente concedida para corregir errores imputables al solicitante, así como para limitar la extensión de las reivindicaciones, por cada vez que se solicite.
$765.77
2
Por cada anualidad de conservación de los derechos que confiere una patente, se pagarán las siguientes tarifas:

2a
De la primera a la quinta, por cada una;
$1,055.18
2 b
De la sexta a la décima, por cada una, y
$1,282.78
2 c
A partir de la décimo primera, por cada una.
$1,517.47
3
Por el estudio de una solicitud de licencia obligatoria o de modificación de sus condiciones.
$2,864.85
4
Por el estudio de la solicitud de rehabilitación de una patente caduca por falta de pago oportuno de la anualidad correspondiente.
$2,422.16
5
Por la transformación de una solicitud de patente a una de registro de modelo de utilidad o de diseño industrial, o viceversa.
$2,668.71
6
Por la reconsideración interpuesta en contra de una denegación de patente.
$2,665.54

¿POR QUÉ ES IMPORTANTE?

En toda actividad industrial, comercial y de servicios, desarrollada en las empresas, universidades, centros e institutos de investigación, se requiere constantemente de información sobre invenciones e innovaciones tecnológicas relacionadas con sus procesos y productos.

Las fuentes de información tecnológica que cotidianamente se consultan son numerosas, por ejemplo, publicaciones, periódicos, documentos especializados, además de contactos directos con otros técnicos, científicos, ingenieros, empresarios, profesionales en un sector productivo determinado, visitas a exposiciones, participación en congresos y tesis académicas, entre otros.

Sin embargo, es en la literatura contenida en los documentos de patente en donde se puede encontrar conocimiento técnico de vanguardia. Dicha información puede ser muy importante para la generación de nuevas ideas, como respuesta a problemas técnicos de las empresas. La información de patentes por lo tanto, es una de las fuentes más completa, accesible, manejable y práctica, con la que se cuenta para la actualización tecnológica de las empresas, misma que está a su disposición.

El consultar los distintos bancos de información técnica de patentes le proporciona grandes ventajas como son las siguientes:

·       Contiene la información tecnológica más reciente;
·       Tiene una estructura uniforme, lo cual facilita su búsqueda y consulta;
·       Cubre todos los sectores técnicos de lo que es nuevo y relevante en el plano internacional y que es aplicable industrialmente;
·       Contiene información tecnológica no divulgada en otro tipo de bibliografía técnica;
·       Describe la invención en forma clara y completa;
·       Generalmente hacen referencia a antecedentes del mismo campo técnico;
·       La mayoría de los documentos incluyen un resumen de la invención, lo que facilita su búsqueda entre miles de ellos.
·       En la mayoría de las oficinas de patentes en el mundo, los documentos están ordenados según la Clasificación Internacional de Patentes (CIP);
·       Generalmente indican el nombre y dirección del solicitante, el inventor y el titular;
·       Las tecnologías informáticas y de telecomunicaciones actuales, permiten el almacenamiento de millones de documentos y su fácil búsqueda, recuperación, reproducción y transmisión de los mismos.

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